Casación No. 497-2013

Sentencia del 25/09/2014

"... En tal virtud, se establece que el gasto de seguro contra incendio se encuentra vinculado con el proceso productivo de la entidad contribuyente, ya que por dedicarse a la elaboración de prendas de vestir, el establecimiento en donde desarrolla su actividad se encuentra propenso a que un siniestro de esta naturaleza le haga sufrir grandes pérdidas materiales, afectando sustancialmente el patrimonio de la contribuyente, por lo que se considera que es necesario un seguro contra incendios que la proteja ante cualquier eventualidad..."